¿Quién puede firmar para la empresa?

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Los derechos de suscripción pueden ser concedidos por la UBO o el Director

¿Quién puede firmar para la empresa?

Por lo general, los derechos de suscripción o los poderes de suscripción, de la sociedad offshore de Seychelles, se establecen en los documentos constitutivos, la escritura de constitución y los estatutos de la sociedad IBC. Por lo general, los directores firman, pero no es raro que se conceda a los accionistas algún derecho de suscripción (POA) se conceden, especialmente en el caso de transacciones de gran valor, cambios en la constitución de la empresa y otros acontecimientos empresariales muy importantes.

Cualquier persona puede ser nombrada firmante de una cuenta bancaria por el beneficiario final, también conocido como UBO (Ultimate Beneficial Owner). Los firmantes del banco no tienen que ser directores o accionistas. También se puede otorgar un poder a una persona que no sea director para que firme en nombre de la empresa.

Puede encontrar más y más información en nuestro Léxico/Glosario o en el Ley del CIB.

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